CONTRIBUCIÓN TEMPORAL AL PATRIMONIO DE LAS PERSONAS NATURALES.

La Ley Orgánica para el Desarrollo Económico y Sostenibilidad Fiscal tras la Pandemia COVID 19, publicada en diciembre de 2021, ha creado un nuevo impuesto llamado Contribución Temporal al Patrimonio.

¿Quién lo paga y cuando lo pagamos?

Esta contribución lo deberán declarar por única vez hasta el 31 de marzo las Personas Naturales que al 01 de enero posean un Patrimonio total de:

  • Patrimonio individual igual o mayor a USD 1.000.000.
  • Patrimonio en sociedad conyugal igual o mayor a USD 2.000.000.

Las personas naturales residentes calcularán la contribución sobre el patrimonio ubicado dentro y fuera del país. Las personas naturales no residentes calcularán sobre el patrimonio ubicado en el país. 

El impuesto causado está sujeto a facilidades de pago por máximo 6 meses y no da derecho a crédito ni gasto deducible para otros impuestos.

¿Cómo lo calculamos?

Se lo hará en 2 sencillos pasos:

  1. Cálculo de base imponible

Para este cálculo tomaremos el valor del patrimonio y restamos las siguientes deducciones: 

  • Valor patrimonial de su primera vivienda y/o de las tierras agrícolas improductivas de su propiedad, hasta un valor de USD 200.000.
  • Valor de las acciones mantenidas en las empresas que estén obligadas a realizar la declaración de contribución sobre el patrimonio por sociedades, y que lo hayan pagado.
  • Inmuebles que mantengan bosques primarios y zonas de diversidad ecológica que por preservación y conservación ambiental cuentan con limitaciones para su explotación.
  1. Cálculo de Impuesto a pagar

La tarifa para el cálculo será de acuerdo con la siguiente tabla: 

Para obtener el valor del impuesto, se elegirá el rango de nuestra base imponible y restamos la base inferior; al resultado lo multiplicamos por el porcentaje del rango; y, finalmente, sumamos el valor de impuesto sobre la fracción básica. Para un mejor entendimiento presentamos el siguiente ejemplo: El contribuyente tiene un Patrimonio de $1´500.000 USD por lo tanto en aplicación de la tabla:

¿Cómo lo pago? 

Una vez obtenida la obligación de pago, procedemos con la elección de nuestra forma de pago:

  • Pago en línea, utilizando tarjetas de crédito.
  • Convenio de débito, utilizando nuestras cuentas bancarias.

Instituciones financieras, ya sea utilizando la banca en línea o acercándonos a los puntos de pago bancarios. 

Autor: Verónica Muñóz

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